Este domingo, el reafirmó su postura de que la diversidad de género y sexual no constituyen enfermedades ni trastornos que requieran tratamiento, tras la publicación de una actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS).

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A través de un comunicado, el ministerio expresó su respeto a las identidades de género y su rechazo a la estigmatización de la diversidad sexual en el país.

“El Minsa ratifica su posición de que la diversidad de género y sexual no son enfermedades, en ese marco, expresamos nuestro respeto a las identidades de género, así como nuestro rechazo a la estigmatización de la diversidad sexual en el país”, se lee en el pronunciamiento.

“La orientación sexual y la identidad de género de una persona no constituye en si misma un trastorno de la salud física o mental y, por tanto, no deben ser sometidas a tratamiento o atención médica ni a las llamadas terapias de reconversión”, señala el comunicado

Por ello, a fin de garantizar que la cobertura de atención sea completa en salud mental, se actualizó el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud publicado el último viernes y en el que se agregó en la lista priorizada de condiciones asegurables, intervenciones y servicios, al transexualismo, transvestismo de rol dual, trastorno de la identidad de género en la niñez, otros trastornos de la identidad de género, trastorno de la identidad de género no especificado, transvestismo fetichista y orientación sexual egodistónica como diagnósticos relacionados con problemas de salud mental.

“La actualización se realiza ante la necesidad de asegurar el beneficio de las intervenciones de salud mental integral como condiciones para el pleno ejercicio del derecho a la salud y el bienestar de la persona, la familia y la comunidad”, agrega el Minsa.

Decreto calificaba como enfermedad a las personas transexuales

El viernes pasado, el Ministerio de Salud emitió un decreto supremo que modifica el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), el cual especifica las enfermedades y tratamientos cubiertos. La inclusión de ciertas “patologías” relacionadas con la salud mental y la orientación sexual ha generado debate y críticas.

El Decreto Supremo Nº 009-2024-SA añade siete diagnósticos al listado prioritario de condiciones, intervenciones y servicios en el área de salud mental: transexualismo, transvestismo con roles duales, trastorno de identidad de género en la infancia, otros trastornos de identidad de género, trastorno de identidad de género no especificado, transvestismo fetichista y orientación sexual egodistónica.

Estos diagnósticos corresponden a códigos F64.0, F64.1, F64.2, F64.8, F64.9, F65.1 y F66.1, según la décima versión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades (CIE-10), dentro del capítulo de “Trastornos mentales y del comportamiento”.

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