Soles. (Foto: GEC)
Soles. (Foto: GEC)

Hoy lunes 1 de julio se inicia la fase 3 de la reanudación de las tras la publicación del Decreto Supremo 117-2020-PCM. La medida, oficializada con el Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM, incluye alrededor de 60 actividades comerciales.

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Entre los negocios que podrán reabrir a partir de esta semana están los servicios de transporte de pasajeros por vía aérea (solo para vuelos nacionales), hospedajes, servicios de mudanza, restaurantes con un aforo del 40%, tiendas con un aforo del 50%, servicios de fotografía, museos y centros culturales, agencias de turismo, call centers con un aforo del 50%.

Estas actividades son las siguientes:

Energía y Minas

Todas las actividades correspondientes a este sector no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de actividades. 

Agricultura

Todas las actividades correspondientes al sector no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de las actividades.

Construcción 

Proyectos de construcción en general.

Manufactura

Fabricación de armas y municiones, Fabricación de aeronaves, naves espaciales y maquinaria conexa. Fabricación de vehículos militares de combate. 

Comercios

Tiendas en general con aforo del 50%.

Sector servicios

  • Restaurantes y servicios con aforo al 40%, excepto base.
  • Emisión de brevetes. Centros de evaluación de manejo. Entidades habilitadas para expedir certificados de salud. Escuelas de conductores.
  • Servicio de comercialización de venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros Productos (reciclaje).
  • Transporte de pasajeros por vía férrea.
  • Servicios de transporte especial de personas (transporte turístico) y de transporte regular de personas, además de su infraestructura complementaria.
  • Transporte acuático de pasajeros por vía fluvial y lacustre (en ámbito nacional y regional).
  • Transporte de pasajeros por vía aérea. Actividades destinadas a la atención de circuitos turísticos. Actividades aeronáuticas no comerciales. 
  • Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines.
  • Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.
  • Edición de libros. Edición de directorios y listas de correo. Otras actividades de edición.
  • Actividades de producción de películas y de video. Actividades de postproducción de películas, de video y de programas de televisión. Actividades de distribución de películas, de video y de programas de televisión. Actividades de grabación de sonido y edición musical. 
  • Servicios de contabilidad, auditoría y consultoría sobre dirección y gestión empresarial, que comprende actividades de las sedes centrales y actividades de consultoría de gestión empresarial.
  • Ensayos y análisis técnicos, investigación y desarrollo científicos. Investigación, innovación y desarrollo experimental en todos los campos del conocimiento. Uso y servicios de laboratorios de las instituciones de educación superior y Centros de Educación Técnica Productiva (Cetpro) con aforo máximo del 50%.
  • Investigación de mercados y realización de encuestas de opinión pública. Actividades especializadas de diseño. Actividades de fotografía. Alquiler de artículos deportivos y de ocio. Alquiler de cintas de video y discos. Alquiler de otros efectos personales y enseres domésticos. 
  • Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por derechos de autor. Actividades de agencias de colocación de empleo. Actividades de agencias de trabajo temporal. Otra provisión de recursos humanos. 
  • Actividades de agencias de viajes. Actividades de operadores turísticos. Actividades de guías de turismo. Actividades combinadas de apoyo a instalaciones. Fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas. 
  • Servicios administrativos de oficina combinados. Actividades de centrales telefónicas. Incluido call centers con aforo al 50%. Actividades de agencias de cobranza y agencias de información crediticia. Actividades de envase y empaque. 
  • Actividades de bibliotecas y archivos. Incluidas bibliotecas universitarias. Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías.
  • Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incluidas áreas naturales.
  • Reparación de computadoras y equipo periférico. Reparación de equipos de comunicación.
  • Reparación de aparatos eléctricos de consumo, muebles y otros bienes personales.
  • Reparación de calzado y artículos de cuero. Reparación de muebles y accesorios para el hogar.
  • Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales. 

¿En qué regiones no podrán?

La implementación de la fase 3 de la reanudación de actividades empieza a partir de la vigencia del presente decreto supremo a nivel nacional, con excepción de las actividades que se desarrollan en las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash. 

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