“La Sunedu no puede insistir en no cumplir un mandato del Tribunal Constitucional”, afirma Ernesto Blume
“La Sunedu no puede insistir en no cumplir un mandato del Tribunal Constitucional”, afirma Ernesto Blume

El expresidente del Tribunal Constitucional, , dijo que la no debe continuar desacatando la Ley 31520 que recompone el Consejo Directivo de la institución y que debe cumplir el mandato del Tribunal Constitucional cuya sentencia del 20 de diciembre del 2022, confirmó que la mencionada ley es constitucional y dispuso su plena vigencia.

De acuerdo con el jurista, “sostener que la Ley 31520 no puede ser aplicada porque carece de un reglamento revela que quienes hoy permanecen en la Sunedu tienen el afán de mantenerse en el cargo utilizando un argumento huérfano de todo sustento válido”.

Asimismo, el expresidente del Tribunal Constitucional señaló que “un argumento tan insostenible lo único que revela es que los salientes miembros del Consejo Directivo de la Sunedu insisten en no respetar el ordenamiento legal del país. Ya acudieron al Poder Judicial para no cumplir con la Ley 31520 y ahora, insisten en desacatarla con un argumento insostenible. No quieren aceptar que esta ley pone punto final a una gestión que, lamentablemente, dejó de ser educativa para convertirse en una gestión politizada”, expresó.

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Según Blume, “existen muchas evidencias de que la institución ha sido manejada por el Ejecutivo. El superintendente de la Sunedu era designado por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministro de Educación; el representante del Concytec era designado por la Presidencia del Consejo de Ministros; y los otros cinco miembros eran propuestos por un comité de selección cuyos integrantes eran designados por el Ministro de Educación. Es decir, el Poder Ejecutivo tenía el manejo de la Sunedu y ello significó la desnaturalización de su sentido técnico y su conversión en un ente bajo influencia del poder político de turno”.

De otro lado, Ernesto Blume indicó que “el premier Alberto Otárola, a quien conozco y respeto, ha sido sorprendido por quienes pretenden seguir al mando de la Sunedu, con el falaz argumento que la Ley 31520 debe ser reglamentada y que, en tanto ello no ocurra, las cosas deben mantenerse como están; pero estoy convencido que el gobierno desistirá de tal propósito, teniendo en cuenta que no se requiere de un reglamento para una ley que ha modificado a otra ya existente y, además, el TC en su sentencia no ha establecido como condición de vigencia de la Ley 31520 que ésta deba ser reglamentada”.

Finalmente, Blume sostuvo que “la Ley 31520 establece una conformación de la Sunedu más idónea, con un carácter más técnico, representativo e inclusivo” y lamentó que los miembros salientes del actual Consejo Directivo “que están en funciones desde el año 2015, hace prácticamente ocho años, mantengan una inconstitucional rebeldía frente a la Ley 31520, dando un pésimo ejemplo a la sociedad peruana. No es admisible que se quieran perpetuar en el cargo a costa de desacatar una ley, cuya constitucionalidad ha sido confirmada por el Tribunal Constitucional”, concluyó.

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