Desde hoy, 1 de mayo, el sueldo mínimo se incrementa de S/ 930 a S/ 1,025 (Foto: GEC)
Desde hoy, 1 de mayo, el sueldo mínimo se incrementa de S/ 930 a S/ 1,025 (Foto: GEC)

Desde este domingo 1 de mayo comenzó a regir el incrementó de la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores que están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Mediante el Decreto Supremo se informó el aumento de S/ 930 a S/ 1,025 a los empleados que actualmente tienen un salario inferior al nuevo monto establecido.

De acuerdo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la medida dinamizará la economía y beneficiará a 1.4 millones de trabajadores (un 30% de la planilla privada).

Esta medida tiene como objetivo preservar el poder adquisitivo de los trabajadores que perciben la RMV ante el incremento de los precios, mientras que el ajuste por productividad busca que los incrementos sigan un crecimiento real de la economía.

Los criterios para establecer el incremento de S/ 95 respecto al monto de S/ 930, fueron analizados de manera conjunta por técnicos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y del Instituto Nacional de Estadística e Informática, según informó el gobierno.

Cabe recordar, que durante los últimos cuatro años, Perú era uno de los pocos países de la región que no incrementó el salario mínimo a diferencia de otros que sí lo hicieron, incluso en tiempos de pandemia.

¿Quiénes reciben el sueldo mínimo?

Tienen derecho a recibir la remuneración mínima vital como pago mínimo todos los trabajadores que tengan una jornada mínima de cuatro horas diarias de trabajo.

Además, deben recibir como mínimo una RMV:

  • Trabajadores del hogar.
  • Personal que labora en mipymes.
  • Personal sujeto a regímenes especiales de contratación laboral (régimen agrario, régimen portuario, régimen de construcción civil, etc.)

¿Cuáles son las multas por no pagar el sueldo mínimo?

Existen infracciones en el caso de incumplimientos ligados al pago de las remuneraciones, y esto incluye al sueldo mínimo, de acuerdo al estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).

“El artículo 25.1 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo – DS N° 019-2006-TR establece como una infracción muy grave en materia de relaciones laborales lo siguiente: ‘No pagar la remuneración mínima correspondiente’. La multa correspondiente oscila entre 0.23 UIT (S/ 1,058) a 52.53 UIT (S/ 241,638), dependiendo del número de trabajadores afectados”, dijo Alicia Jiménez, asociada principal del área laboral del estudio PPU.

¿Cuáles fueron los últimos aumentos de la Remuneración Mínima Vital?

De acuerdo con el INEI, estos son los salarios mínimos, aprobados en el Perú, en los últimos 22 años:

  • 2022: S/ 1,025
  • 2018: S/ 930.
  • 2016: S/ 850.
  • 2012: S/ 750.
  • 2011: S/ 675.
  • 2010: S/ 580.
  • 2008: S/ 550.
  • 2007: S/ 530.
  • 2006: S/ 500.
  • 2003: S/ 460.
  • 2000: S/ 410.

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