Bancos no podrán cobrar deudas descontando de tarjetas de cuenta sueldo
Bancos no podrán cobrar deudas descontando de tarjetas de cuenta sueldo

La Corte Suprema anunció que los bancos ya no podrán cobrar sus deudas a través del descuento de dinero de las cuentas sueldo de los trabajadores.

Fue a través de la casación 11823 que la Corte Suprema anunció esta noticia que aliviará a muchas personas que a fin de mes suelen ver un recorte en su salario por el motivo de deuda.

Desde hoy está prohibido el embargo de dinero o descuentos a las cuentas de ahorro en las que los trabajadores reciben sus sueldos.

El banco ya no puede descontar al deudor en ningún caso, ni por créditos vehiculares, créditos hipotecarios, entre otros.

Pero, esta medida solo es válida para quienes tengan hasta 5 Unidades de Referencia Procesal (URP) (una URP equivale al 10% de una UIT), es decir son 2.075 soles los que son inembargables por los bancos.

A partir de ese monto en adelante, los bancos solo podrán descontar la tercera parte del excedente, osea, si una persona tiene 2.175 soles en su cuenta de ahorros, el banco solo podrá descontarle la tercera parte de los S/ 100 de excedente, alrededor de 33 soles.

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