Los padres de todo el país, contratados en el sector público y privado, tendrán 10 días de licencia, en vez de cuatro días, por concepto de paternidad, según la Ley 30807, promulgada este jueves.
La nueva norma, además, amplía a 20 días este beneficio para los progenitores, en caso de nacimientos prematuros y múltiples; y a 30 días si el bebé nació con una enfermedad congénita terminal o con una discapacidad severa, o si la madre tuvo complicaciones severas en su salud.
Además, el trabajador tendrá derecho a hacer uso de su descanso vacacional pendiente de goce, a partir del día siguiente de vencida la licencia de paternidad.
El pedido del descanso vacacional debe ser comunicado al empleador con una anticipación no menor de 15 días a la fecha probable de parto.
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