La Defensoría del Pueblo explicó el despido de 42 trabajadores. (Foto: Defensoría del Pueblo)
La Defensoría del Pueblo explicó el despido de 42 trabajadores. (Foto: Defensoría del Pueblo)

La Defensoría del Pueblo emitió un comunicado el miércoles en respuesta a las críticas sobre el presunto “despido encubierto” de su secretaria general, Magali González Manco. En su declaración, la institución justificó la destitución de 42 empleados.

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Según el comunicado, el presupuesto para el periodo fiscal 2024, aún no aprobado en su totalidad por el Ministerio de Economía y Finanzas, sufrió un significativo recorte que afecta los ingresos ordinarios, incluido el pago de salarios.

“La Defensoría del Pueblo comunica que el presupuesto solicitado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para el periodo fiscal 2024, no ha sido aprobado en su totalidad, muy por el contrario sufrió un significativo recorte; situación que afecta los ingresos ordinarios de nuestra entidad, entre ellos los orientados al pago de planillas”, se lee en el comunicado.

Como resultado, se procedió a la destitución de 42 trabajadores, cuyos contratos vencen el 31 de diciembre, incluyendo el de González Manco.

“Esta situación, ha obligado a nuestra institución a dar por concluida las labores de 42 trabajadores cuyos contratos vencen el 31 de diciembre del presente año, incluido el caso de la trabajadora, cuya situación ha sido expuesta en los medios de comunicación”, acotó.

La Defensoría del Pueblo enfatizó que continuará buscando que el MEF apruebe una ampliación del presupuesto solicitado para poder contratar nuevamente al personal necesario y así “desarrollar sus funciones en beneficio de todos los peruanos”.

Sindicato de trabajadores denuncia despido arbitrario

El sindicato de trabajadores de la Defensoría del Pueblo denunció que el despido de Magali González Manco fue de manera “arbitraria” e ilegal”. Y precisaron que la medida tomada por la entidad dirigida por Josué Gutiérrez es un “atropello” y “vulnera gravemente” la Constitución, tratados internacionales de derechos humanos y normas laborales vigentes.

“Los líderes sindicales no pueden ser cesados de forma arbitraria, pues cuentan con protección legal nacional e internacional. En este caso, la no renovación del vínculo laboral apelando a su ‘supuesta’ naturaleza temporal, constituye un despido ilegal, y una clara represalia por la actividad que la secretaria general venía desarrollando”, expresaron.

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