El Poder Ejecutivo prorrogó este lunes el estado de emergencia nacional por 31 días más, por lo que estará vigente hasta fin de año. Esta medida, establecida por primera vez el 16 de marzo, se toma para mitigar el avance del coronavirus (COVID-19) en el país.
El decreto supremo N.º 184-2020-PCM establece que durante el este periodo queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
Además, la norma oficializa la modificación en el horario de toque de queda, el cual pasa a regir desde la medianoche hasta las 4 a. m. en todo el país, tal y como lo había adelantado el viceministro de Salud el pasado viernes.
La norma también reitera la obligatoriedad del uso de la mascarilla, el lavado frecuente de manos y el distanciamiento social no menor a un metro. Continúan prohibidos los eventos y las reuniones sociales y familiares.
Los deportes al aire libre siguen estando permitidos, siempre que no se trate de actividades físicas de contacto, a fin de prevenir contagios de COVID-19.
En cuanto al uso de playas, el decreto indica que se establecerán diferentes etapas. Durante la primera etapa, para el departamento de Lima y la provincia Constitucional del Callao, los días viernes, sábados y domingos, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, ni de la zona de mar; exceptuándose la realización de deportes acuáticos.
La norma lleva la firma de todo el Gabinete Ministerial, presidido por Violeta Bermúdez, y por el presidente Francisco Sagasti, quien asumió el cargo el pasado 17 de noviembre.