¿A cuánto corresponde este beneficio de dinero para las micro y pequeñas empresas? Según el Decreto Supremo N° 004-2018-TR, las MYPES deberán acatar, desde hoy, el aumento del sueldo mínimo, es decir de 850 a 930 soles.
La norma, publicada el pasado 22 de marzo en el diario "El Peruano", entrará en vigencia a partir del 1 de mayo para las micro empresas y tiene como finalidad mejorar la capacidad adquisitiva de todos por su trabajo.
De esa forma, esta alza del sueldo mínimo se suma a la del sector de la grande y mediana empresa, que está alineado al aumento desde el pasado 1 de abril. Asimismo, se incrementará el costo laboral de los trabajadores, cuyas remuneraciones se calculan sobre la base de la RMV (remuneración mínima vital), de acuerdo con declaraciones con el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.
“Para los trabajadores del régimen general que perciben remuneración mínima, la planilla anual es de 18.03 remuneraciones mínimas; en la pequeña empresa, de 16.22, y en la Mype, de 12.26 remuneraciones mínimas”, explicó Zavala.
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