El pleno del Congreso tiene en agenda el dictamen aprobado por la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos (Codeco) recaído en los proyectos de Ley 3428/2022-CR y 3739/2022-CR que propone la eliminación de la comisión por transferencia bancaria y pago de tarjeta de crédito.
Tanto la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) como el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) advirtieron que la propuesta afectaría al sistema de pagos y finalmente aumentaría los costos para los usuarios. Por su parte, el Banco Central de Reserva (BCR) también manifestó que la medida afectará a la interoperabilidad del sistema financiero, ya que reduciría las posibilidades de realizar pagos a través de dispositivos móviles o el desarrollo innovaciones tecnológicas.
A pesar de ello, el Congreso continúa haciendo caso omiso a las opiniones técnicas de las entidades a las que solicita opinión, más aún cuando estas les mencionan que sus propuestas son inconstitucionales y generan más daño a los consumidores que beneficios.
En este sentido, la SBS recalca que “el proyecto de ley propone que ciertos servicios (transferencias interbancarias, interplaza, pagos realizados a través de terceros) sean prestados por las empresas del sistema financiero de forma gratuita. Al respecto, la Constitución Política del Perú prevé un sistema de economía social de mercado, en el cual la libre iniciativa privada, la libre empresa y la libertad de contratar, incluyendo necesariamente el derecho a determinar precios libremente, están garantizados como principios y derechos fundamentales. El Proyecto de Ley plantea una propuesta que no correspondería con el marco jurídico establecido en la Constitución. Así, resultaría discordante con este marco, el obligar a ofrecer los servicios propuestos gratuitamente.”
De manera similar, el Ministerio de Economía y Finanzas también mencionó que se vulnera el artículo 59 de la Constitución: “Contraviene el artículo 59 de la Constitución Política del Perú, sobre la libertad de empresa, en particular sobre la libertad de organización que comprende la política de precios.”
Servicio de comisión interbancarias
A través de la plataforma de la Cámara de Compensación Electrónica (CCE) se asegura que las transferencias interbancarias se realicen de manera segura y fácil. Parte del trabajo de la CCE es validar que la cuenta existe, que tiene fondos e identifica el nombre de la persona asociado al Código de Cuenta Interbancaria (CCI), evitando así transferencias erróneas que perjudiquen al consumidor.
El BCR, la SBS y el MEF han señalado ante al Congreso que el servicio que brindan las entidades financieras a los consumidores a través de las transferencias interbancarias con el sistema administrado por la CCE tiene costos (operativos, de verificación, tecnológicos, de soporte, entre otros) y por eso es legal que se exija a los consumidores el pago de una comisión.
Eliminar esta comisión podría llevar a que las entidades financieras dejen de ofrecer el servicio, o que los costos de estas operaciones sean asumidos por otros usuarios vía otros cobros. Esto perjudicaría a un gran número de peruanos que utilizan diariamente este servicio, que en 2021 registró 150 millones de operaciones.
Sin embargo, la comisión de defensa al consumidor (Codeco) sin mayor análisis o justificación señala que este servicio debe ser gratuito.
De aprobarse este dictamen, se estaría sentando un precedente muy riesgoso para todas las empresas privadas, pues a través de una ley, el Congreso podría determinar que cualquier servicio brindado por una empresa privada deba ser ofrecido gratuitamente.
Finalmente, la SBS ha sido clara en señalar que la iniciativa podría llevar a que las entidades financieras dejen de ofrecer este servicio en perjuicio de los consumidores, promoviendo un mayor uso de efectivo con las ineficiencias y riesgos que ello trae asociado.