El Ministerio del Interior (Mininter) informó sobre nuevos cambios y actualizaciones sobre el uso de lunas polarizados en vehículos terrestres.
La disposición anula pagar y presentar el certificado de antecedentes policiales, pero se deberá presentar una declaración jurídica la cual afirme que la persona no cuenta con antecedentes. Mininter es el encargado de corroborar los datos.
El decreto supremo fue publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la cual lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra, y de los ministros del Interior, Carlos Morán; y de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo.
Sin embargo, señala que la autorización tiene vigencia indeterminada. Si es que el vehículo cambia de propietario, un nuevo permiso deberá ser solicitado.
La autorización de lunas polarizadas deberá ser tramitada en la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la PNP o en sus sedes desconcentradas a nivel nacional para pasar por peritaje de identificación vehicula y de constatación de transparencia lumínica.
Cuatro requisitos deberán cumplir los propietarios de los vehículos:
1. Solicitud con carácter de declaración jurada suscrita por el propietario del vehículo según formulario
2. Fecha y número de recibo de pago por derecho de trámite consignado en la solicitud
3.Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería
4. Declaración jurada de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales, denuncias por accidentes de tránsito, contra el patrimonio, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, contra la libertad y contra la seguridad pública.
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