La bancada de Alianza para el Progreso, a iniciativa del congresista Alejandro Soto, presentó un proyecto de ley que modifica el artículo 22 del reglamento del Congreso sobre las licencias sin goce de haber.
Esta iniciativa pretende la modificación del artículo 22 del Reglamento del Congreso la República con el siguiente texto:
- Derechos Funcionales Artículo 22. Los Congresistas tienen derecho: (—) i) A solicitar licencia oficial para ejercer las funciones a que se refiere el segundo párrafo del artículo 92 de la Constitución Política, y licencia por enfermedad o viaje oficial. En el caso de licencia por enfermedad, y previa sustentación documentada cuando sea por más de siete días, se otorgará con goce de haber; en el caso de licencia por viaje particular, se decidirá según la evaluación que se realice sobre los motivos o la utilidad del viaje en beneficio del Congreso o del país. En otros supuestos no previstos decidirá la Mesa Directiva. Las licencias sin goce de haber solo proceden por un plazo máximo de siete (7) días calendario durante el periodo anual de sesiones. (...).
En la sustentación de esta ley se precisa que “los congresistas también presentan licencias sin goce de haber cuando necesitan realizar actividades privadas de naturaleza particular; sin embargo, tales licencias no cuentan con plazos máximos pudiendo darse el caso que un congresista puede encontrarse con licencia durante semanas o meses, o peor aún, renovarlas sucesivamente”.
A raíz de esto, según la propuesta, se genera un problema sobre la representación política del grupo parlamentario del congresista con licencia y del Parlamento en general.
Esta propuesta se presenta luego del caso de la congresista Digna Calle, quien se encuentra en EE.UU. hace 4 meses y su función congresal la ejerce de manera virtual a raíz de una licencia.