Docentes y padres tienen libre tránsito para actividades vinculadas al año escolar. (Foto: Juan Pablo Valenzuela/GEC)
Docentes y padres tienen libre tránsito para actividades vinculadas al año escolar. (Foto: Juan Pablo Valenzuela/GEC)

Los padres de familia, apoderados, tutores y alternativa y superior pueden transitar sin limitaciones durante dispuesta por el Gobierno en 32 provincias para mitigar los efectos de la segunda ola a causa del . Esto, siempre que deban desarrollar actividades vinculadas a los procesos de admisión y matrícula 2021.

Según el , publicado hoy en el diario El Peruano, indica que estas personas quedan exceptuadas de las limitaciones a la libertad de tránsito durante la recepción y recojo de materiales educativos, servicios de alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario.

Tampoco se impedirá el libre tránsito en cuarentena a los directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas que realicen actividades vinculadas a la planificación, organización y desarrollo del año escolar.

Igualmente, la norma precisa que tampoco no habrá restricciones al libre tránsito cuando las actividades estén vinculadas al proceso de Matrícula 2021, a los servicios de infraestructura, vigilancia y/o guardianía, distribución de materiales educativos, alimentación escolar y mantenimiento de infraestructuras, equipos y mobiliario.

“El Ministerio de Educación, en ejercicio de su rectoría, dicta las disposiciones pertinentes, en el marco de las medidas sanitarias vigentes y, en coordinación con los sectores competentes, de corresponder”, señala la norma.

En el mismo dispositivo, el Gobierno oficializó la ampliación hasta el 28 de febrero de la cuarentena total en 32 provincias clasificadas con riesgo extremo frente al COVID-19.

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¿CUÁLES SON LAS ZONAS CON RIESGO EXTREMO?

El pasado 31 de enero se informó sobre las regiones que estaban en riesgo extremo por la presencia del coronavirus. Sin embargo, la jefa del Gabinete explicó que a la fecha ya se está en condición de presentar esta información, pero a nivel provincial.

En tal sentido, indicó que las 32 provincias que están en riesgo extremo son:

Utcubamba (Amazonas); Arequipa, Camaná, Islay y Caylloma (Arequipa); Huamanga (Ayacucho); Cutervo (Cajamarca); Canchis, La Convención (Cusco); Huancavelica (Huancavelica); Ica, Chincha, Pisco (Ica); Lima Metropolitana, Huara, Cañete, Barranca y Huaral (Lima); Callao.

Asimismo, las provincias de Huancayo, Tarma, Yauli, Chanchamayo (Junín); Tacna (Tacna); Huánuco (Huánuco); Puno (Puno); El Santa (Áncash), Abancay (Apurímac), Pasco (Pasco) Maynas y Ramón Castilla (Loreto); Ilo (Moquegua).

De acuerdo con la norma, en las provincias con nivel de alerta extremo la inmovilización social obligatoria o toque de queda será las 24 horas, con salidas peatonales que serán solo una vez al día y por una hora, para realizar actividades autorizadas entre las 6:00 a.m. y 6:00 p.m.

En los lugares con alerta muy alto, el horario va desde las 08:00 p.m. y las 04:00 a.m. del día siguiente. En tanto, en departamentos con nivel de alerta alto el toque de queda comienza a las 09:00 p.m. y concluye a las 04:00 a.m. del día siguiente; mientras que donde hay alerta moderado tiene vigencia entre las 11:00 p.m. y las 04:00 a.m.

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