Cuarentena total: ¿Quiénes deben tramitar pase vehicular y laboral desde el 31 de enero? foto:HugoCurotto / @photo.gec
Cuarentena total: ¿Quiénes deben tramitar pase vehicular y laboral desde el 31 de enero? foto:HugoCurotto / @photo.gec

Desde este domingo 31 de enero hasta el 14 febrero del 2021 regirá en Lima, Callao y otras ocho regiones una cuarentena total, como parte de las medidas ante la segunda ola de contagios de (COVID-19). Entre las restricciones se ubica el uso de carros particulares, por lo que solo podrán circular quienes cuenten con un pase vehicular.

MIRA: Cuarentena total: ¿Cuándo entregarán el nuevo bono familiar de S/. 600?

El establece que “excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente”.

Según lo establece existen dos tipo de pases: uno personal y otro vehicular. En el primer caso, se trata del traslado de una persona que requiere atención médica de emergencia o urgencia, no será necesario un pase vehicular.

“Sin embargo, deberás movilizarte a una velocidad máxima de 30 km/hora y con las luces intermitentes e interiores encendidas. Si eres intervenido en esta situación, deberás mostrar tu documento de identidad y explicar tu situación a la autoridad”, señala el comunicado.

En el caso del pase laboral, este solo se aplica para personas que desempeñen las siguientes funciones:

  • Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público.
  • Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, tecnología crítica indispensable, limpieza y recojo de residuos sólidos, o servicios funerarios.
  • Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.
  • Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).
  • Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
  • Vehículos de servicios de vigilancia de empresa privada y de transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por SUCAMEC.
  • Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas y servicios logísticos de apoyo al transporte de carga, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Incluye también aquellas actividades o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías.
  • Vehículos para actividades de producción, abastecimiento o distribución de insumos para actividad agropecuaria o agraria, o venta y alquiler de maquinaria o servicios complementarios.
  • Vehículos de empresas dedicadas a pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos.
  • Vehículos de personas que brinden servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros, entre otros.
  • Vehículos del personal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

¿Dónde solicito o renuevo mi pase vehicular?

El Estado para solicitar y renovar el pase vehicular para los trabajadores de servicios esenciales que lo requieran.