La Sala Especializada en Defensa de la Competenci del Tribunal del confirmó la sanción a las empresas Lima Gas, Solgas y Zeta Gas Andino por concertar los precios de venta del balón de gas entre los años 2008 al 2011 a nivel nacional.

Indecopi informó que estas prácticas colusorias permitieron que las empresas envasadoras obtengan márgenes adicionales de ganancia (sobreprecios) que provocaron un incremento de los precios de venta al público del producto.

En particular, se trata del balón de Gas Licuado de Petróleo (GLP) de 10 kilogramos (kg), el cual fue el principal afectado y forma parte de la canasta básica familiar.

En vista de ello, la sala especializada multó a Solgas con 9,513.11 UIT (equivalente a S/ 39’955,062), a Lima Gas con 1,312.32 UIT (equivalente a S/ 5’511,744) y a Zeta Gas Andino con 834.86 UIT (equivalente a S/ 3’506,412).

Este es el cuadro con la participación de cada envasadora:

El Indecopi detalló que, en primer lugar, se corroboró la existencia de una concertación entre Solgas y Lima Gas para fijar el precio de venta de los balones de GLP de 10 kg para distribuidores mayoristas a nivel de Lima Metropolitana y Callao, entre octubre y diciembre de 2008.

Asimismo, se verificó que Lima Gas, Solgas y Zeta Gas Andino establecieron coordinaciones entre los años 2009 y 2011 con el objetivo de fijar concertadamente el precio del GLP envasado para distribuidores mayoristas a nivel nacional, respecto de las presentaciones de 10 kg y 45 kg de dicho producto.

Se confirmó también la responsabilidad de seis ejecutivos de dichas empresas por haber participado en prácticas colusorias consistentes en fijar concertadamente los precios de venta del balón de gas entre los años 2008 al 2011.

Finalmente, la sala aprobó la decisión de la comisión que ordena como medida correctiva un ‘Programa de cumplimiento’ de la normativa de libre competencia por parte de las empresas infractoras, que tendrá una duración de tres años.

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