El Poder Judicial dio a conocer en qué casos se aplica la legítima defensa. Esto luego que el dueño de un chifa abatiera a un presunto delincuente que ingresó a su negocio en Villa El Salvador y amenazó a su familia.
“Si analizamos el Artículo 2 inciso 23 de la Constitución vemos que la legítima defensa es un derecho que tenemos nosotros los peruanos. Y esto qué implica. Ante toda agresión tiene que haber una reacción, pero esta tiene que ser racional y no puede ser el agente provocador”, precisó el juez titular del Noveno Juzgado de la Corte Superior Nacional, Víctor Alcocer Acosta.
Asimismo, explicó que esta figura se aplica en caso la víctima desconozca sobra la existencia o no de un arma como elemento que lo exponga al peligro.
“Esto no quiere decir que uno haga justicia por mano propia. La legítima defensa es una acción para repeler una agresión contra mi persona o contra un tercero”, sostuvo.
En tal sentido, el juez exhortó a la población a no confundir la proporcionalidad con la racionalidad.
“Antes teníamos la errónea idea de que por ejemplo si el agente provocador me atacaba con un cuchillo yo tenía que defenderme con un cuchillo. En términos sencillos, dar un mensaje al agente provocador para que pare de su agresión porque si no lo hace, esta circunstancia se encuentra amparada por el derecho”, aseveró.
Finalmente, aseguró que el Poder Judicial está comprometido en hacer que estos procesos sean justos. “Acá no va a pasar la víctima a ser el procesado”, puntualizó.