El congresista Luis Ángel Aragón Carreño presentó un proyecto de Ley para incorporar la pena de muerte a violadores de menores de edad, sicarios, extorsionados y traficantes de menores.
El P.L N° 6279/ 2023- CR plantea modificar el artículo 140° de la Constitución Política del Perú, el cual está referido a la aplicación de la pena de muerte en el Perú a efecto de incorporar la pena máxima a las personas que cometan dichos delitos.
Aragón propone incorporar la cuarta disposición transitoria especial en la Constitución para que el Estado realice los procedimientos establecidos por ley y los instrumentos normativos internacionales para retirarse de los tratados internacionales vinculantes.
Se busca colocar una disposición complementaria modificatoria, a efecto de concretar en el Código Penal la aplicación de la pena de muerte en caso de violación de menores de edad de 14 años de edad.
DATO
- La actual Constitución en su artículo 140, establece los supuestos en los casos que puede aplicarse la pena de muerte: “Artículo 140. La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.”
“En ese sentido, podemos afirmar que nuestra carta magna actual si recoge la aplicación de la pena de muerte, y en consecuencia supuestos en los cuales el derecho a la vida pueda ser ponderado y superado por salvaguardar otros bienes y derechos fundamentales. En ese sentido, extender la pena capital en los referidos casos es posible a nivel constitucional más aún si se toma en cuenta que nuestra actual constitución establece dicha medida para otros casos”, argumentó Aragón.