Retiro del 100% de ONP: ¿Quiénes podrán retirar sus fondos, según proyecto de ley?
Retiro del 100% de ONP: ¿Quiénes podrán retirar sus fondos, según proyecto de ley?

Hace algunas semanas, la Comisión de Defensa del Consumidor del aprobó el proyecto de ley 4977 que habilita la devolución del 100 % de los aportes hechos a la para los afiliados que no efectúan depósitos en los últimos 12 meses, sin considerar la edad del aportante.

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El dictamen autoriza a los aportantes inactivos en los últimos 12 meses a retirar hasta el 100% de los aportes realizados durante su vida laboral. Se logró con con siete votos a favor.

Este proyecto aún está pendiente de ser debatido y aprobado por el pleno parlamentario.

¿Quiénes podrán retirar sus fondos?

La iniciativa legislativa indica que no se necesitará ser aportante activo para poder acceder al beneficio. Es así que se distinguen dos formas de retiro de fondos.

La propuesta también habilita la devolución para que los afiliados activos puedan acceder al retiro extraordinario de hasta 1 unidad impositiva tributaria (UIT - S/ 4,300) de sus aportes acumulados, a fin de mitigar el impacto económico de la pandemia del COVID-19.

Asimismo, los jubilados de la ONP, del régimen 19990, podrán obtener un bono extraordinario de S/ 2,000.

El objeto de la norma es establecer el procedimiento especial para el retiro voluntario de los aportes realizados al SNP, administrados por la ONP, con el propósito de defender la economía familiar en el contexto de la pandemia del covid-19.

Procedimiento de devolución de aportes a la ONP

En el caso de los aportantes no activos, la entrega de dinero se efectuará de la siguiente manera:

  • El 34% en un plazo máximo de 30 días calendario después de aprobada la solicitud ante la ONP.
  • El 33% a los 60 días calendario computados a partir del primer desembolso.
  • El 33% a los 90 días calendario computados a partir del segundo desembolso.
  • El desembolso de los intereses generados por las aportaciones realizadas serán entregados a los 60 días calendario del tercer desembolso.

Para los aportantes activos, el procedimiento será el siguiente:

  • El 50% en un plazo máximo de 15 días calendario después de aprobada la solicitud ante la ONP
  • El 50% a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso

El documento refiere que el retiro de los fondos mantiene la condición de intangibles, por lo que no podrán ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación sea de orden judicial o administrativa.

Asimismo, las respuestas a las solicitudes de los aportantes se realizará en un plazo máximo de 7 días hábiles, caso contrario se aplicará el silencio positivo.

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