La legislación peruana establece que los proveedores responden por la idoneidad de los servicios ofrecidos, según el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La legislación peruana establece que los proveedores responden por la idoneidad de los servicios ofrecidos, según el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

La muerte de una mascota durante un traslado en una empresa de transporte ha desatado una serie de preocupaciones sobre las condiciones en las que se realizan estos viajes. Este incidente ha puesto de manifiesto la importancia crítica de cumplir con las regulaciones establecidas para los proveedores de bienes y servicios en el Perú.

En ese sentido, Ximena Samamé, asociada del área Regulatorio de Valderrama Abogados, destaca que el servicio de transporte de mascotas podría enmarcarse en la regulación que establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Según este código, los proveedores están obligados a garantizar la idoneidad de los servicios que se brinden a los consumidores, pudiendo incluirse de esta forma el servicio consistente en el transporte de mascotas.

“Es fundamental que las empresas cumplan con las condiciones informadas, ofrecidas y publicitadas para el transporte de las mascotas, de tal forma que no se modifiquen unilateralmente dichas condiciones, ni mucho menos se exponga a un riesgo injustificado la salud de las mascotas como parte del servicio”, subraya la especialista de Valderrama Abogados.

En detalle, Samamé explica que las empresas de transporte interprovincial deben cumplir con estándares idóneos para el transporte de mascotas. Esto incluye proporcionar un espacio adecuado, ventilación y un ambiente controlado que asegure el bienestar del animal durante el viaje. El incumplimiento de estas condiciones puede resultar en sanciones por parte de entidades reguladoras como el Indecopi.

CASO EN CUESTIÓN

Samamé ilustra su punto con el caso reciente donde una empresa prometió trasladar una mascota en una miniván, asegurando de esta forma un viaje cómodo y seguro. Sin embargo, la mascota fue transportada en la bodega de un autobús, incumpliendo claramente lo acordado.

Además, resalta que el deber de información también fue violado, ya que los propietarios de la mascota no habrían sido informados sobre el cambio de vehículo en el que se realizaría el transporte ni las condiciones en que este se efectuaría, lo que les impidió tomar una decisión informada sobre la continuidad del servicio bajo nuevas condiciones.

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