La Urraca en problemas. La Corte Suprema rechazó el pedido de Magaly Medina, de anular la sentencia en la demanda que le interpuso Lucho Cáceres, por el delito de difamación.

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Cabe mencionar que, debido a este rechazo, la conductora de TV tendrá que cumplir la condena a 2 años de prisión suspendida y pagar la reparación civil de 70 mil soles.

Los jueces integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, acordaron lo siguiente:

1.- Declarar no haber nulidad en la Resolución 369, del 23 de mayo de 2023, emitida por la Novena Sala Penal de Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el extremo que confirma la sentencia del 2 de diciembre de 2022 dictada por el Primer Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, resolvió condenar a Magaly Jesús Medina Vela por la comisión del delito de difamación agravada, en perjuicio de Luis Alberto Cáceres Andrade, a dos años de pena privativa de libertad suspendida condicionalmente por el período de un año, ciento ochenta días de su renta a razón de S/ 50,00 diarios, lo que hace un total de S/ 9000,00 y, fija en S/ 70 000,00 (setenta mil soles), el monto que por concepto de reparación civil deberá abonar la sentenciada a favor del querellante, en el plazo y condición establecidos en las reglas de conducta.

A través de sus redes sociales, Lucho Cáceres dejó un extenso mensaje, donde resaltó la importancia de defender los derechos de cada uno, asegurando que si bien la libertad de expresión te da la total libertad de criticar y opinar de diferentes temas, esto no quiere decir que uno pueda difamar a la otra.

“En tiempos de desgobierno, como los que vivimos, donde aves de rapiña han tomado el poder, con una institucionalidad precaria y donde impera el caos y el desconcierto, considero vital no caer en la anomia y dejarnos vencer por esa abulia que nos impide accionar y defender nuestros derechos cuando son vulnerados. La libertad de expresión tiene límites, una cosa es la crítica y la opinión y otra muy distante es el insulto y el vituperio, eso configura delito”, indicó.

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