La segunda vuelta electoral entre Keiko Fujimori (Fuerza Popular) y Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) quedará oficializada este domingo, inamovible, cuando el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) realice la proclamación oficial de las dos fórmulas presidenciales a enfrentarse el domingo 7 de junio.
La ceremonia encabezada por el presidente del máximo organismo electoral, Roberto Burneo, está programada para el domingo 17 de mayo a las 7 de la mañana y cerrará la primera etapa de las Elecciones Generales 2026.
El 7 de junio será la segunda vuelta entre Keiko Fujimori y Roberto Sánchez. Y se ganará por mayoría simple, aunque sea por un solo voto.
“Porky” queda tercero, fuera
Según el conteo al 100 % de actas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe), Keiko Fujimori obtuvo 2 millones 877 mil 678 votos (17.181 % de válidos) y Roberto Sánchez 2 millones 15 mil 114 votos (12.031 %).
Tercero quedó Rafael López Aliaga (Renovación Popular) con 1 millón 993 mil 904 votos (11.904 %), a tan solo 21,210 votos de Roberto Sánchez.
Actas
En tanto, el JNE declaró infundado el recurso de apelación presentado por Fernando Sandoval, personero de Renovación Popular, para anular las actas de sufragio con serie 900000, de mesas donde votaron personas de localidades alejadas.
En su argumentación particular, el magistrado Gunther Gonzales advirtió que “el mensaje tan repetido de que ‘el cura, el profesor, el curaca, el técnico en enfermería se ponen a llenar el acta como quieran, mientras las personas ni se enteran de que hay elecciones’, constituye un evidente acto de discriminación” que se rechaza.
Emitió un fundamento de voto que, si bien coincidió con el resultado, fue más allá del análisis de fondo.
Señaló que las mesas de sufragio en centros poblados con código 900000 no son una novedad, sino que existen desde el 2005 y se vienen utilizando desde las elecciones generales 2006, con respaldo constitucional y legal suficiente.
Mesas válidas
Gonzales Barrón precisó que dichas mesas cuentan con padrón de electores elaborado por RENIEC, miembros de mesa sorteados, presencia de la PNP y las Fuerzas Armadas, personeros de organizaciones políticas, observadores nacionales e internacionales y fiscalizadores del JNE, por lo que las afirmaciones sobre un supuesto voto libre e irrestricto no tienen sustento.
Sobre la carga de la prueba, el magistrado recordó que en el derecho electoral el principio general apunta siempre a la preservación del voto, y que quien solicita una nulidad debe acreditarla de manera plena y objetiva, no sustentarla en sospechas.




