Las tasas de interés cobradas por encima del límite que imponga el banco central serán consideradas de usura y tipificadas como delito. (Foto: GEC)
Las tasas de interés cobradas por encima del límite que imponga el banco central serán consideradas de usura y tipificadas como delito. (Foto: GEC)

El Pleno del aprobó este miércoles, en primera votación, la norma con la que se impondrán topes a las tasas de interés cobradas por las empresas del sistema financiero, pese a la posición en contra por parte del Poder Ejecutivo.

La ley fue aprobada con 87 votos a favor, 8 en contra y 17 abstenciones, en la cuarta ampliación de la legislatura previo al cierre del año.

La propuesta fue impulsada por la Comisión de Defensa del Consumidor (Codeco) del Congreso, sin contar con la opinión favorable del Banco Central de Reserva (BCR), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

La norma establece que el BCR tendrá la facultad de fijar tasas de interés máximos y mínimos, en forma semestral, con el propósito de regular el mercado, competencia que no podrá ser delegada a otra entidad.

Las tasas de interés cobradas por encima del límite que imponga el banco central serán consideradas de usura y tipificadas como delito, en aplicación del articulo 214 del Código Penal.

Asimismo, se señala que la SBS vigilará y supervisará el cumplimiento de las tasas máximas, por lo que sancionará y denunciará ante el órgano competente a las entidades financieras que excedan dicho límite, de acuerdo a sus atribuciones.

Los contratos, hojas resumen, comisiones, tarifas, cargos y gastos que cobren las empresas del sistema financiero así como las condiciones generales y especificas de las pólizas de las empresas del sistema de seguro deberán ser aprobadas por la SBS mediante resolución.

El proyecto legislativo fue exonerado de segunda votación con 90 votos a favor, 12 en contra, 12 abstenciones, por lo que queda expedito para ser promulgado por el Poder Ejecutivo.

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