Una niña fue registrada por sus padres como "Breksit" en el estado de Tabasco, sureste de México, un día después de que en el Reino Unido se realizara un referendo en el que los británicos votaron por retirar a su país de la Unión Europea (UE), acción denominada "Brexit".
En una fotografía del acta de nacimiento original, que circula en redes sociales y medios locales, se observa "Breksit" como nombre propio de la menor, y que la fecha de registro es el 24 de junio de 2016. El resto de los datos están ocultos.
El término Brexit es una abreviatura de las palabras en inglés British (británico/a) y exit (salida), en referencia al movimiento que apoyaba la salida británica de la UE, postura que ganó con 51,9 % de los votos en el referendo.
La amplia difusión del término alcanzó a los padres de la menor, que decidieron nombrarla con una adaptación del mismo: Breksit.
En México existen diversas regulaciones sobre el registro de los nombres propios. El artículo 58 del Código Civil para la Ciudad de México señala que "el juez del Registro Civil exhortará a quien presente al menor para que el nombre propio con el que se pretende registrar no sea peyorativo, discriminatorio, infamante o denigrante".
En Sonora el Registro Civil publicó en 2014 una lista de nombres que prohíbe usar para registrar a los menores del estado, entre los que figuran "Facebook", "Twitter" y "Robocop".
Desde 2007, en Coahuila, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Querétaro, Quintana Roo y San Luis Potosí, el Código Civil fue modificado para prohibir a los padres usar nombres peyorativos o que puedan ser ridículos para registrar a sus hijos.
En los demás estados de México hay plena libertad de los padres para nombrar a sus hijos de cualquier manera y usar hasta 10 nombres.
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