La pérdida de un ser querido es difícil, pero la vida debe continuar y para ello es necesario ocuparse de los trámites relacionados con el fallecimiento, siendo el más importante la repartición de bienes. Sin embargo, uno de los problemas más recurrentes cuando fallece un familiar es determinar quién heredará qué, puesto que redactar un testamento no es una práctica muy común en el .

Ante este problema, Renato Ruiz, especialista legal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), explicó durante el programa que la solución es la sucesión intestada, un trámite que tiene por objetivo designar a los herederos legales ante el fallecimiento de un familiar sin testamento.

¿Cómo se realiza?

Ruiz mencionó que este trámite puede iniciarse vía judicial o notarial. “Realizar este proceso ante un notario es mucho más rápido, pero sí más costoso”.  Pero en caso de existir un conflicto entre los herederos, se recomienda acudir ante un juez.

Además, se debe reunir toda la documentación del fallecido en relación con los bienes, copia de DNI de los solicitantes, partidas de nacimiento, entre otros. Esta solicitud debe estar firmada por un abogado.

Una vez presentada esta información, se evaluará la relación entre el fallecido y los solicitantes. Luego de ello, Ruiz sostiene que los bienes se repartirán de manera equitativa y los primeros beneficiarios serán los herederos forzosos; es decir, los descendientes directos.

“Si el fallecido no tiene hijos, entonces heredan los padres o abuelos. Pero si tampoco están ellos, entonces la esposa o la conviviente reconocida. En caso de no tener pareja, serán los hermanos o sobrinos los herederos”, detalló el experto.

Recomendaciones

Para evitar estos problemas, Ruiz recomendó redactar un testamento y especificar quiénes heredarán sus bienes en caso de morir. Este trámite se debe realizar ante un notario y debe ser lo más detallado posible para evitar confusiones.

En caso sea una vivienda el bien a heredar, esta debe estar inscrita en los Registros Públicos y especificar qué predios le corresponden a quién. Solo cuando usted fallezca se hará pública esta información.

MIRA EL PROGRAMA COMPLETO

TE PUEDE INTERESAR

TAGS RELACIONADOS